Un juez de Santa Marta resolvió en favor del exsenador Arturo Char, de Cambio Radical, un recurso de habeas corpus que su defensa había presentado alegando vencimiento de términos y, por lo mismo, solicitando su libertad inmediata.
El pronunciamiento es de Carlos Humberto Coy Domínguez, juez sexto penal municipal con función de garantías de la capital de Magdalena, quien –en una providencia de 40 páginas– aseguró que Char lleva más tiempo en la cárcel del que permite la ley cuando se está definiendo una situación jurídica.
El exsenador Arturo Char Chaljub, capturado por corrupción al sufragante y concierto para delinquir, recibió una decisión favorable para quedar en libertad. El Juzgado Sexto Municipal de Control de Garantías de Santa Marta concedió el habeas corpus que invocó su defensa por vencimiento de términos.
El juez Carlos Humberto Coy Domínguez acogió los argumentos de la defensa de Char Chaljub y determinó que no podía seguir privado de la libertad debido a que se cumplieron 120 días desde la captura del excongresista, sin que se calificara el sumario con el que se tomó esa decisión.
“Se ordena la libertad inmediata del mencionado sin dilación alguna, en razón al vencimiento de términos acaecido para calificación del mérito del sumario en la investigación que se adelanta en su contra por parte de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia”, se lee en la decisión del despacho.
Al tratarse de un habeas corpus, el detenido deberá quedar en libertad inmediata y salir en las próximas horas del Batallón José María Córdoba de Santa Marta donde se encontraba detenido. El juez en su decisión ordenó comunicar especialmente a la unidad militar y al Inpec para que procedan a materializar la decisión.
Sin embargo, se espera que la medida sea apelada, debido a que hay diferencias de conceptos dentro de la Corte Suprema de Justicia que tiene a su cargo el proceso en contra de Char Chaljub, contra quien dictó medida de aseguramiento en septiembre de 2023 por hechos relacionados con el caso de corrupción electoral de la también excongresista Aída Merlano en 2018.
La decisión se habría tomado luego de analizar tres conceptos allegados al Juzgado Sexto Municipal de Santa Marta. Dos a favor, de la Procuraduría y la magistrada Cristina Lombana, y uno en contra del magistrado Marco Antonio Rueda Soto, respecto a la cuenta de los términos para conceder la libertad.
El procurador Mauricio Javier Rodríguez Avendaño emitió un concepto favorable respecto a la solicitud de libertad por vencimiento de términos que presentó el abogado Iván Cancino, defensor de Arturo Char. Según el delegado del Ministerio Público, debía concederse el habeas corpus porque se cumplió el término para decidir su situación judicial.
Es decir que para la Procuraduría habían transcurrido 120 días desde que Char Chaljub fue privado de la libertad, sin que se calificara la investigación que lo llevó a ser detenido. Por tanto, se estaba vulnerando el término razonable de la garantía fundamental al debido proceso.


