Los videos que servirán como prueba de comparendos se pueden convertir en un caos, según lo señaló Jorge González Moscarella, abogado y asesor e instructor en leyes y normas de tránsito.
Hay que indicar que ahora en adelante, las autoridades de Tránsito podrán interponer multas a los infractores a partir de los videos grabados por los mismos ciudadanos. Se convertirán en pruebas para probar que un conductor cometió una infracción.
El Ministerio de Transporte aprobó la iniciativa y, por medio de una circular, detalló la manera cómo empezarán a implementar estas medidas en las vías del país.
“Veo con cuidado este tema. El Ministerio del Transporte creó una plataforma que permite que los particulares puedan aportar pruebas que identifique la comisión de una infracción de tránsito. Hay que tener cuidado en esto porque no es que el registro fotográfico sea suficiente para que la autoridad de tránsito pueda sancionar. Hay que desarrollar todo el protocolo de lo que significa el proceso en el entendido que la evaluación de la prueba se constituya en algo que pueda determinar que la decisión del Tránsito llegue a sanción. Hay que agotar la valoración misma de la prueba”,
Agregó que: “En esto de la tecnología, para nadie es un secreto que pueda darse montajes. En el caso de la alcoholemia, en la audiencia llega el policía que hizo la prueba del consumo del alcohol y la toma de la muestra y entrega su versión. Estos procesos no son litigiosos. La policía de tránsito lo que hace es entregar un testimonio y lo hace bajo la gravedad del juramento y se toma como prueba, pero no es palabra de Dios. En síntesis no es suficiente el hecho que se tome el registro y se va a sancionar”
Según explicó el Ministerio en el documento, las grabaciones de video ofrecen una perspectiva que permite apreciar con mayor exactitud el movimiento del vehículo o la moto involucrada al momento de violar las normas de tránsito.
Además, detalló la autoridad en su documento, estas imágenes también permitirán establecer la infracción que resultó de una acción intencional, ya que a diferencia de otros elementos probatorios pocas veces es posible hacerse una idea del comportamiento de los conductores ni de las condiciones en las que recurrieron a sus maniobras.
“El video ofrece además la posibilidad de identificar las placas únicas nacionales en los vehículos involucrados; así como los distintivos de las empresas y los números internos de los vehículos de transporte público. Para que pueda citarse de manera oficial a los propietarios de los vehículos o a los representantes legales de las empresas de transporte público a los que se encuentran vinculados; como quiera que el Código Nacional de Tránsito establece de manera expresa la solidaridad de las empresas frente a las infracciones de tránsito cometidas con los vehículos que les sirven”, señala la misiva.


