- El juez 15 civil de Barranquilla, Raúl Alberto Molinares, encontró irregularidades en el accionar del entonces Consejo Directivo en el nombramiento del prófugo Carlos Jaller, que fueron perfeccionadas por él mismo.
- Las irregularidades tienen que ver con el periodo de tiempo que se nombró a Jaller, quien fue designado por cinco años, cuando los estatutos advertían que un rector solo se puede nombrar por dos años.
Bogotá D.C. 29 de junio de 2022. El cuestionado exrector de la universidad Metropolitana de Barranquilla Carlos Jaller, sufrió un nuevo revés judicial por cuenta de la decisión adoptada por el juez 15 civil de Barranquilla, Raúl Alberto Molinares quien ordenó la nulidad absoluta de su elección como rector por parte del Consejo Directivo del claustro académico.
La decisión se fundamentó en hechos evidentemente irregulares acometidos por el Consejo Directivo de la Universidad, perfeccionados con el consentimiento del propio Jaller como apuntó el juez: “…de ahí el deber que tenía el señor Jaller Raad de advertir a los demás miembros del Consejo Directivo del error en que incurrían, no por su designación, sino en cuanto al periodo por el cual se efectuaba”.
De acuerdo con los estatutos de la Universidad, que como bien enfatizó el juez, gozan de fuerza obligatoria de acuerdo al Código Civil, el periodo del rector es de dos años. Sin embargo, Jaller fue designado por cinco años, nombramiento a todas luces violatorio de las normas internas del centro de formación superior.
Ese nombramiento violatorio facilitó que Jaller asumiera el control de la universidad durante un periodo en el que, de acuerdo con las investigaciones adelantadas por la Fiscalía General de la Nación, se produjo un desfalco de más de $30 mil millones.
Por ese ilícito, tres personas integrantes del llamado ‘Clan Jaller’ se encuentran imputadas, dos de ellas, Dorina Tapia y Jorge Hernández Cassis están privados de la libertad.
Actualmente Jaller y su esposa, Ivonne Acosta, son prófugos de la justicia, pues contra ellos pesan órdenes de captura para que respondan por múltiples delitos, como enriquecimiento ilícito, concierto para delinquir, delito informáticos, ocultamiento de documento privado, entre otros.
Durante la lectura del fallo, el juez concluyó, que “…la infracción de los Estatutos, unida a la conducta asumida por el escogido (Carlos Jaller) como rector, quien es conocedor de ese cuerpo normativo e integrante del Consejo Directivo, repugna el ordenamiento jurídico, a tal punto de que su nulidad absoluta debe ser decretada”.
Así las cosas, Jaller no puede continuar enarbolando su calidad de exrector, toda vez que su ingreso a la universidad fue contrario a la normatividad vigente.
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Juan S. Holguín C. Consultor
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