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Proceso de revocatoria en Soledad: lo que dice la ley, según experto en derecho electoral

RedacciónPor: Redacción
4 julio, 2025
Proceso de revocatoria en Soledad: lo que dice la ley, según experto en derecho electoral

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Ante los recientes rumores que circulan en redes sociales sobre una supuesta validación de firmas por parte de la Registraduría Nacional para iniciar la revocatoria del mandato de la alcaldesa de Soledad, el abogado Orlando Caballero, experto en mecanismos de participación ciudadana, explicó en entrevista exclusiva con Extranoticias cómo funciona realmente este proceso.

Caballero precisó que la revocatoria de mandato es un mecanismo constitucional que solo aplica para alcaldes y gobernadores. Según el jurista, esto se debe a que dichas autoridades, al momento de inscribir su candidatura, lo hacen con un programa de gobierno que se convierte en una especie de contrato social con la ciudadanía. “Si ese programa no se cumple, la comunidad tiene la posibilidad legal de revocar su mandato”, señaló.

El procedimiento arranca con la recolección de firmas equivalentes al 30% de los votos obtenidos por el mandatario en cuestión. Esas firmas deben ser presentadas ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, que dispone de un plazo de 30 días, prorrogable, para validar si se cumplen los requisitos. “Una vez se certifica que el número de apoyos supera ese umbral, se convocan nuevas elecciones dentro de los 30 días siguientes”, explicó Caballero.

En ese nuevo escenario, la ciudadanía será llamada a las urnas para decidir si desea o no revocar el mandato del alcalde o gobernador. El experto aclaró que no se trata de un proceso automático, sino de una decisión que requiere una alta movilización y participación popular, además del cumplimiento estricto de los pasos legales.

Finalmente, el abogado recordó que en Colombia este mecanismo ha sido poco efectivo: “Solo se ha revocado el mandato a dos alcaldes en el país; creo que hubo un tercero entre 2021 y 2022, pero eso demuestra que es muy difícil alcanzar ese 30% en un proceso electoral”.

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