El exmagistrado del Consejo Nacional Electoral Renato Contreras expresó sus dudas sobre los tiempos para aprobar el proyecto de Reforma Política ya que el trámite del mismo coincide con las elecciones territoriales.
“Una premisa que debo comentar es que estamos a poco de un año porque el próximo 29 de octubre inicia el año electoral formalmente. Esta reforma es un acto legislativo que debe adelantarse en dos legislaturas ordinarias, o sea que el proyecto va saliendo a la luz a finales del primer semestre del próximo año cuando falten pocos meses para la celebración de las próximas elecciones”, dijo.
Agregó que: “Si bien es cierto Colombia no ha suscrito la Convención de Venecia porque es europea, esta establece unas buenas prácticas y entre estas hay una que señala que dentro del año anterior a las elecciones no deben adelantarse reformas para que no cambien en el transcurso del proceso electoral esas reglas”.
Para Renato Contreras, los efectos del proyecto de ley, de ser aprobada, deben ser diferidos y no aplicar para las elecciones inmediatamente siguientes, es decir para las elecciones territoriales de 2023.
Listas únicas y cerradas
Sobre el contenido del proyecto, el exmagistrado resalta que esta propone modificar el artículo 262 de la Constitución Política para establecer “listas únicas, cerradas, bloqueadas y con alternancia entre hombre y mujer”, que en Colombia se han llamado listas cremallera. El objetivo es que los partidos organicen elecciones primarias en las que se establezca el orden en el que los candidatos quedan en la lista, pero el proyecto no hace que esas primarias sean obligatorias. La conformación final deberá tener paridad entre hombres y mujeres, una promesa de la campaña de Petro, y se deberá facilitar la participación de personas con identidades de género diversas.
El exmagistrado explicó que como hace obligatorio que las listas tengan esa conformación, la iniciativa gubernamental propone eliminar la posibilidad de que los ciudadanos voten por candidatos individuales, el llamado voto preferente que han criticado muchos expertos pues debilita la cohesión de los partidos y mantiene los cacicazgos. Esta iniciativa ha llegado varias veces al Congreso en los últimos años y estaba en la reforma electoral planteada en desarrollo del Acuerdo con las FARC, pero siempre ha sido derrotada por los políticos tradicionales, que tienen menos peso en la composición actual del Legislativo.
Límites a la financiación
Una modificación central es la enmienda al artículo 109 para restringir el financiamiento privado de las campañas electorales, que se propone que sea exclusivamente estatal. La nueva redacción establece que recibirán el 50% como anticipo y el 50% por reposición de votos (es decir, calculados a partir del éxito electoral de cada lista). Según el ministro del Interior, Alfonso Prada, esto es “un golpe a la corrupción y la manipulación de sectores económicos en su relación con el Congreso de la República”. Este ajuste también es un viejo reclamo de expertos, que usualmente han pedido en paralelo un sistema más robusto de vigilancia y sanción de la financiación ilegal, algo que no contempla el texto que presentó el Gobierno.
Abre la puerta a congresistas más jóvenes
La iniciativa del Gobierno propone reducir la edad mínima necesaria para ser congresista, de 30 a 25 años para el Senado y de 25 a 18 años para la Cámara de Representantes. Prada ha admitido que se trata de un guiño del Gobierno a sus votantes más jóvenes: “Es un mensaje de confianza enorme en la juventud colombiana, que es bastante responsable de que Gustavo Petro sea hoy presidente”.
Jueces pueden suspender o destituir a funcionarios electos
La reforma aclara que los políticos electos por voto popular solo podrán ser sancionados por “una autoridad judicial competente”. Así, consolida la postura de Petro y de muchos expertos sobre las funciones de la Procuraduría General, entidad encargada de vigilar disciplinariamente a los funcionarios y que destituyó al hoy presidente cuando era alcalde de Bogotá en 2012. El proyecto busca incluir en la Constitución la jurisprudencia que determinó en 2020 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en la sentencia del caso entre el hoy presidente y el Estado colombiano. El texto explica que la Corte IDH establece la obligación del Estado de “eliminar la facultad de destituir e inhabilitar a funcionarios de elección popular por parte de la Procuraduría General de la Nación”.
Cambio de partido
Sobre este aspecto, el ministro del Interior explicó que el proyecto propone que, por una vez, los congresistas puedan cambiar de partido, en los dos meses siguientes a la entrada en vigencia del proyecto, en caso de que se apruebe. Eso permitiría realinear las fuerzas políticas y las bancadas justo cuando el Gobierno tienen más poder. El proyecto también les permitirá dejar sus cargos para integrarse a los equipos del Gobierno, una vieja reivindicación del presidente del Senado y curtido político Roy Barreras, quien ya había hecho la propuesta en fallidos intentos de reformas políticas en los últimos años.


