El Juzgado Primero Civil Municipal Oral de Barranquilla admitió una acción de tutela interpuesta por la ciudadana Andrea Camila Vargas de la Hoz en contra de Recer Lee Pérez Torres, a quien señala de haber vulnerado sus derechos fundamentales al buen nombre, la honra y la dignidad humana, mediante declaraciones públicas que, según la accionante, configuran un acto de difamación en su contra.
La tutela, presentada a través de su apoderado judicial Ivannovich Jiménez Bastidas, solicita que el señor Pérez Torres se retracte públicamente de los señalamientos realizados y se restablezca la reputación y la integridad moral de la afectada.
En el auto admisorio, la jueza Katherine Ivon Mendoza Niebles ordenó al accionado rendir un informe detallado y allegar documentos que contribuyan al esclarecimiento de los hechos dentro de un término máximo de 48 horas a partir de la notificación.
Asimismo, el despacho dispuso la vinculación del Movimiento Pacto Histórico, medios de comunicaciones donde se divulgó la información y él exsenador Eduardo Pulgar Daza, con el propósito de determinar si alguno de ellos tuvo participación o intervención directa o indirecta en la difusión de las declaraciones objeto de controversia.
El juzgado ordenó notificar de forma inmediata a todas las partes vinculadas para garantizar el desarrollo del trámite constitucional y avanzar en la determinación de si efectivamente se configuró una vulneración a los derechos fundamentales de la accionante, lo que podría derivar en una eventual orden de rectificación o retractación pública.
Este caso se enmarca en un contexto de creciente debate sobre los límites entre la libertad de expresión y la responsabilidad informativa, así como la necesidad de proteger el buen nombre y la honra de las personas frente a posibles abusos en el uso de medios y plataformas digitales.


