La crisis alrededor de la designación de Leyton Barrios como rector de la Universidad del Atlántico continúa generando controversia. Aunque el Consejo Superior anunció la apertura de una actuación administrativa para revisar la validez de su nombramiento, las declaraciones posteriores del gobernador del Atlántico, Eduardo Verano, dejaron un panorama ambiguo sobre el futuro inmediato del proceso. En medio de este escenario, el abogado Giovanni Decola decidió presentar una demanda de nulidad electoral ante la justicia contenciosa administrativa.
Decola explicó que su acción judicial busca que se declare la nulidad de la elección de Barrios, amparándose en los artículos 139 y 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CEPACA). Según el jurista, el Consejo Superior tomó una decisión inicial, pero las posteriores declaraciones del gobernador parecieron contradecir la postura institucional, generando incertidumbre sobre el rumbo que tomará la universidad.
El abogado sostuvo que el Consejo Superior decidió iniciar un proceso de revocación del acto de nombramiento, luego de que el Ministerio de Educación entregara un informe con múltiples inconsistencias sobre los soportes que Barrios presentó para acreditar los requisitos del cargo. Como respaldo, recordó el trino publicado por el gobernador Verano, quien afirmó que la revisión del proceso se realizaría con “total transparencia” y en defensa de la autonomía universitaria.
Sin embargo, Decola advirtió que, tras ese comunicado, algunas entrevistas concedidas por el mandatario departamental insinuaron que la decisión quedaría en manos de la justicia contenciosa administrativa, lo que —según él— contradice el mensaje inicial. Ante esta mezcla de señales y considerando que los términos para presentar la acción de nulidad caducan el 11 de diciembre, Decola decidió no esperar una definición interna y radicar la demanda.
El abogado también cuestionó la afirmación del secretario jurídico de la Gobernación, quien señaló que el acto de nombramiento no podía ser revocado sin el consentimiento de Barrios. Frente a esto, Decola recordó que el Consejo de Estado ha establecido que una revocatoria sí es procedente sin consentimiento cuando se demuestra que la persona designada no cumplía los requisitos, ocultó información o presentó documentos falsos o inexactos.
Dentro de las presuntas inconsistencias, Decola destacó el caso de la Corporación Universitaria Americana, que habría emitido cuatro certificaciones distintas sobre la supuesta vinculación de Barrios con la institución. Mientras inicialmente se aseguró que no tenía ninguna relación laboral o contractual, en otros documentos se afirmaba que había sido docente por ocho semestres o que dictaba charlas en programas de extensión. A esto se suma un contrato de asociación firmado este año entre Barrios y dicha corporación por un valor de 19.500 millones de pesos, cuyo informe financiero aún no ha sido entregado.
Finalmente, el abogado mencionó que la Universidad de Salamanca también habría sido involucrada mediante certificaciones contradictorias sobre una presunta docencia de Barrios. La situación, según relató, se aclaró durante la visita del Ministerio de Educación, cuando la institución española confirmó que no existían notas ni registros que soportaran dicha actividad académica. Con todos estos elementos, Decola insistió en que corresponde al Consejo Superior y a la justicia aclarar definitivamente la legalidad del proceso de designación del rector.


