Los cargos de la Procuraduría General de la Nación contra los 19 de los 21 concejales tienen implicaciones de falta gravísima, dijo el abogado experto en Derecho Disciplinario, Fernando Niño.
Como se informó, el ente de control notificó la formulación de pliego de cargos contra los concejales por incurrir presuntamente en irregularidades en la designación de Angélica María Ávila como personera encargada en hechos ocurridos en febrero de 2020.
La elección, según el documento, se dio pese a que Ávila no cumplía con los requisitos de Ley para el cargo, entre estos un título de posgrado.
De esta manera, los 19 concejales continuaron con el proceso y dieron su voto positivo, pese a que no estaba acreditado el cumplimiento de las exigencias legales establecidas en el artículo 170 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012.
“En el país entró en vigencia el nuevo Código Disciplinario que viene con toda una carga impositiva en cuanto a sanciones se refiere y obviamente todo servidor público de elección público como son los concejales, se le aplica todo el contenido del Código que es contundente y fuerte en cuanto a la calificación de las faltas y el hecho de haber violentado el contenido de la norma que regula la elección de la Personera”, dijo el experto en el Derecho.
La elección de Ávila, que en ese momento era la personera auxiliar, se dio para ejecutar las funciones de personera distrital de manera temporal por un periodo de tres meses por el vencimiento del tiempo en el cargo de Jaime Sanjuan.
El abogado señala que en la sesión hubo una advertencia de que no se podía posesionar la funcionaria, la cual aparece en un audio, sin embargo los 19 concejales deciden encargarla. “La Procuraduría señala en su informe que hay una falta gravísima y a título de dolo. Eso es gravísimo para la vida institucional de la ciudad”, dijo Niño.
Explicó que: “Una vez elevado los pliegos de cargo, esto se tramita en una audiencia de oralidad virtual, pero a partir de la elevación de los pliegos de cargo, la Procuraduría tiene un término máximo de 10 días para programar la audiencia y en ese tiempo, los concejales tienen que hacer valer las pruebas que consideren pertinentes. Una vez esto, la Procuraduría entrara a proceder la decisión”.
Hay que señalar que en el pliego de cargos, la Procuraduría General señala que: “Con ello, es claro que la conducta correspondía al ejercicio de la función pública y con su accionar, al parecer, lesionaron el principio de moralidad, cuya desviación del cumplimiento de la función en si misma ha producido un perjuicio al interés general, al favorecer con ello a quien carecía de los requisitos legales exigidos al momento de ser elegida, nombrada y posesionada desconociendo con el actuar de los concejales de Barranquilla inculpados, el derecho positivo, e imponiendo como cabeza del Ministerio Público del Distrito de Barranquilla a un servidor que no cumplía las calidades exigidas por el legislador”,.
Entre los cabildantes mencionados por el ente de control, se encuentran: Julio Álvarez Vega, Freddy Barón Orozco, Heidy Barrera Vergara, Leyton Barrios Torres, Zamir Benavides Moreno, Antonio Bohórquez Collazos, Ernesto Crissien Barraza, Oswaldo Díaz Insignares, Richard Fernández Barraza, Juan Camilo Fuentes, María Henríquez Quintero, Samuel Elías Marino, Andrés Felipe Ortiz, Juan Carlos Ospino, Recer Lee Pérez, Samir Radi Chemas, Andrés Rengifo Lemus, José Trocha Gómez y Mauricio Villafañez Jabba.
Finalmente, el Ministerio Público aseguró que los cabildantes incurrieron en una violación del régimen de prohibiciones al desatender el deber funcional de ceñir su comportamiento al ordenamiento jurídico.


