Barranquilla - 26 de marzo de 2026
ExtraNoticias
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Primer plano
  • Inteligencia Artificial
  • Económicas
  • Cuadro de Honor
  • Política
  • Región caribe
ExtraNoticias
  • Inicio
  • Primer plano
  • Inteligencia Artificial
  • Económicas
  • Cuadro de Honor
  • Política
  • Región caribe
Sin resultados
Ver todos los resultados
ExtraNoticias
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Primer plano
  • Inteligencia Artificial
  • Económicas
  • Cuadro de Honor
  • Política
  • Región caribe

Los límites de la protesta social deben ser respetados

RedacciónPor: Redacción
19 enero, 2026
Los límites de la protesta social deben ser respetados

Más noticias

El Ministerio de Salud hace un llamado urgente: verificar y actualizar los esquemas de vacunación antes de los desplazamientos por Semana Santa
País

El Ministerio de Salud hace un llamado urgente: verificar y actualizar los esquemas de vacunación antes de los desplazamientos por Semana Santa

25 marzo, 2026
Gobierno nacional avanza en la consolidación de su agenda legislativa de cara al último periodo del Congreso
País

Gobierno nacional avanza en la consolidación de su agenda legislativa de cara al último periodo del Congreso

19 marzo, 2026
Share on FacebookShare on Twitter

El Viceministerio recuerda que la protesta es un derecho fundamental que no es absoluto y encuentra sus límites en la garantía de los derechos de los demás ciudadanos.

Bogotá, 22 de diciembre de 2025.- El Viceministerio para el Diálogo Social y los Derechos Humanos, en ejercicio de su misión constitucional de promover la convivencia ciudadana y proteger los derechos fundamentales, se permite informar a la opinión pública:

El Gobierno Nacional reconoce y garantiza el derecho a la reunión y manifestación pública y pacífica, consagrado en el artículo 37 de la Constitución Política. Entendemos la protesta social como una herramienta legítima de participación democrática que permite a la ciudadanía expresar sus demandas y contribuir a la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.

Bajo el enfoque de “Colombia, Potencia Mundial de la Vida”, este Viceministerio reafirma que la intervención estatal ante las movilizaciones prioriza el diálogo y la mediación. Nuestra política se centra en la transformación pacífica de los conflictos, instalando mesas de concertación que permitan escuchar a las comunidades antes de que las tensiones escalen.

Ahora bien, y de conformidad con la jurisprudencia constitucional, la protesta es un derecho fundamental que no es absoluto y encuentra sus límites en la garantía de los derechos de los demás ciudadanos, pues la misma debe tener un carácter pacífico y no puede vulnerar el acceso a servicios vitales como la salud (misiones médicas), el suministro de alimentos o la libertad de las personas. Por tanto, el ejercicio de manifestarse debe coexistir con el respeto a la vida, la libertad y la integridad física.

En este contexto, se enfatiza que la retención arbitraria o la restricción de la libertad de servidores públicos y ciudadanos en general en el marco de las movilizaciones constituye una vía de hecho que desborda el ejercicio legítimo de la protesta y se encuadra como una conducta punible. Bajo ninguna circunstancia se permite que la ciudadanía, el personal civil o uniformado del Estado sea privado de su movilidad o integridad como mecanismo de presión.

Ante la ocurrencia de tales eventos, los funcionarios públicos afectados o que tengan conocimiento de ello tienen el deber legal y ético de activar de manera inmediata los protocolos de denuncia ante las autoridades competentes, garantizando que no exista impunidad frente a actos que vulneren la ley y la función pública, de conformidad con lo señalado en la siguiente normatividad:

  • La Ley 734 de 2002, “Por la cual se expide el Código Disciplinario Único”, sobre los deberes y las prohibiciones de los servidores públicos, señala en su artículo 34 lo siguiente: “Denunciar los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias de los cuales tuviere conocimiento, salvo las excepciones de ley”.
  • El artículo 168 de la Ley 599 del 2000, “Por la cual se expide el Código Penal”, establece que: “El que con propósitos distintos a los previstos en el artículo siguiente, arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, incurrirá en prisión de ciento noventa y dos (192) a trescientos sesenta (360) meses y multa de ochocientos (800) a mil quinientos (1500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Este Viceministerio continuará acompañando las jornadas de movilización y realizando mesas de diálogo, garantizando que el ejercicio de la ciudadanía se dé en un marco de paz, respeto mutuo y seguridad jurídica. Asimismo, hace un llamado a que el ejercicio de este derecho se realice de manera responsable, pacífica y organizada, respetando los derechos de todas las personas, el orden público y la convivencia ciudadana, promoviendo siempre la resolución concertada de las diferencias y el fortalecimiento del diálogo como mecanismo fundamental para la construcción de acuerdos.

Te puede interesar

El Ministerio de Salud hace un llamado urgente: verificar y actualizar los esquemas de vacunación antes de los desplazamientos por Semana Santa

Gobierno nacional avanza en la consolidación de su agenda legislativa de cara al último periodo del Congreso

Minsalud, Invima e INS hacen un llamado a la vigilancia y responsabilidad frente a los “retos” de redes sociales con medicamentos

ExtraNoticias

© 2013-2026 Derechos reservados a ExtraNoticias

Todo el contenido de ExtraNoticias

  • Inicio
  • Primer plano
  • Inteligencia Artificial
  • Económicas
  • Cuadro de Honor
  • Política
  • Región caribe

Síguenos en nuestras redes sociales

¡Bienvenido de nuevo!

Inicie sesión en su cuenta a continuación

¿Contraseña olvidada?

Recupera tu contraseña

Ingrese su nombre de usuario o dirección de correo electrónico para restablecer su contraseña.

Iniciar sesión

Agregar nueva lista de reproducción

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Primer plano
  • Inteligencia Artificial
  • Económicas
  • Cuadro de Honor
  • Política
  • Región caribe

© 2013-2026 Derechos reservados a ExtraNoticias

: 0