Después de que la Presidencia publicó el decreto de conmoción interior por la crisis de seguridad en Catatumbo, el presidente del Senado, Efraín Cepeda, convocó una plenaria para la discusión del documento.
“La plenaria del Senado se llevará a cabo el próximo martes, 28 de enero, a las tres de la tarde. Será una sesión especial en la que se analizarán la convocatoria, los decretos y el informe del Gobierno Nacional”, expresó Efraín Cepeda.
El presidente de esta cámara expresó que tienen 15 días para un pronunciamiento de fondo y dijo que el Congreso “hará uso de su facultad de control político en este caso”.
En la mañana del pasado viernes, se hizo público el decreto de conmoción interior para la atención de la crisis de seguridad que atraviesa la región de Catatumbo. El decreto 0062 tendrá un alcance regional (contempla nueve municipios del nororiente de Norte de Santander, dos resguardos indígenas, el área metropolitana de Cúcuta y Río de Oro y González, municipios de Cesar).
“Según fuentes de inteligencia, desde el departamento de Arauca, el ELN envió integrantes del Frente de Guerra Oriental hacia la región del Catatumbo para fortalecer su presencia y ejecutar las acciones criminales que iniciaron a partir del 15 de enero de 2025”, reseña el decreto ante la tentativa de añadir a Arauca en el decreto, hecho que aún no se descarta.
Sobre la financiación de la contingencia, la Presidencia resaltó que se apoyarán en recursos fiscales como las regalías y participaciones, e incluso se podría modificar el PGN de este año para atender esta situación.
Hay que resaltar que el presidente del Senado aseguró que para hacerle frente a la crisis humanitaria en el Catatumbo no se requiere declarar una conmoción interior sino aplicar la Constitución Política de 1991.
En esa línea, Cepeda aseguró que lo primero que debe hacer el Gobierno es indicarle a la Fuerza Pública que “intervenga el Catatumbo y expulsen al ELN. Luego hablaremos de una conmoción que no veo qué necesidad tenga en este momento”, agregó.
El artículo 213 de la Constitución señala que: “dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del Estado de Conmoción, el Congreso se reunirá por derecho propio”. En esa línea, el jefe de Estado está obligado a rendir un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración.


