La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decretó medidas cautelares
para las obras que se llevan a cabo en el Canal del Dique, en el río
Magdalena, ya que se tienen indicios de que en este lugar de la
Costa Caribe reposan los restos de víctimas mortales del conflicto
armado en Colombia.
La medida la dictó la Sección de Primera Instancia para Casos de
Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SAR) de
la justicia especial en el marco de trámite cautelar respecto al
proyecto de restauración de los ecosistemas degradados del Canal
del Dique.
La medida preventiva está dirigida a Cormagdalena, Gobernación
del Atlántico y la Alcaldía Municipal de Santa Lucía.
El documento se refiere específicamente “al monitoreo forense en
búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en
razón del conflicto que se ha vivido”.
En los antecedentes, el documento indica que: “El 12 de mayo de
2021, la SAR asignó a la Sala Dual conformada por los Despachos de
los Magistrados Alejandro Ramelli Arteaga y María del Pilar
Valencia García, la solicitud de medida cautelar radicada por Los
Procesos Organizativos Articulados de Comunidades Negras,
Palenqueras y Raizales articulados a la Ruta del Cimarronaje en el
Caribe Colombiano (en adelante, la Ruta del Cimarronaje o la Ruta).
La Ruta del Cimarronaje es un colectivo que reúne “más de 200
organizaciones sociales, y líderes del Caribe Colombiano y de
organizaciones campesinas de base de Montes de María”.
En dichos documentos, los peticionarios solicitaron que se decrete
medida cautelar sobre el proyecto ‘Restauración de los Ecosistemas
Degradados del Canal del Dique’ para proteger la evidencia de
cuerpos de personas, que fueron arrojadas y dadas por
desaparecidas durante más de una década en el marco del conflicto
armado.
Dicha medida implicará, entre otras, la protección y custodia de
todos los lugares “denominados botaderos”, desde los cuales se
arrojaban cadáveres al canal del Dique.
También solicitaron que se adopte a través de sus autoridades
competentes, un protocolo de exhumaciones, a fin de garantizar los
derechos de las víctimas, en cumplimiento de la Convención
Internacional para la protección de todas las personas contra las
desapariciones forzadas.
De igual forma, se ordena la suspensión de toda obra o actividad
que el proyecto ‘Restauración de los Ecosistemas Degradados del
Canal del Dique’, tiene contempladas en los diferentes complejos
que la integran y que se desarrolle proceso de escucha y sanación
con los familiares de víctimas arrojadas al Canal del Dique.
En la parte resolutiva, el documento ordena a Cormagdalena,
ponerse en contacto con la Unidad de Búsqueda de Personas
dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto
armado (UBPD) para informar de inmediato el lugar de las
intervenciones y establecer un mecanismo de coordinación y
contacto entre estas entidades para el cumplimiento de la presente
decisión y poner en conocimiento de la UBPD y de la SAR de la JEP,
con carácter inmediato, cualquier hallazgo de relevancia forense
desde el inicio hasta la terminación de las labores de dragado en el
Canal del Dique. En relación con el cumplimiento de esta orden, las
autoridades compelidas deberán enviar informes.
También ordena a Cormagdalena, a la gobernación del Atlántico y a
la Alcaldía Municipal de Santa Lucía (Atlántico), que en desarrollo
de las obras que impone la emergencia invernal se implemente
preventivamente el protocolo forense referido por Cormagdalena e
indicado en la sección ‘hallazgos víctimas del conflicto armado
colombiano’.


