Las personerías agrupadas en la federación de estos entes
coadyuvaron la demanda que presentaron los alcaldes de ciudades
capitales de la Costa Caribe en contra de las resoluciones 010 y 078
expedida por la Creg con el objeto de solicitar su nulidad.
La razón es que la tarifa ha permitido un esquema exponencial
excesivo para el bolsillo de los usuarios de esta región donde la
energía eléctrica reviste una especial importancia por las
condiciones climáticas.
Así lo señaló el personero de Barranquilla, Miguel Alzate, quien
dijo que: “Consideramos que es de vital importancia que se
suspendan las resoluciones citadas, y que en sentencia definitiva se
declare la nulidad de la Resolución 010 del 30 de enero de 2020 y la
Resolución 078 del 24 de junio de 2021 proferidas por la CREG, en
pro a una solución de fondo al asunto tarifario que tanto aqueja a la
región”.
Ante estos hechos la Personería Distrital de Barranquilla lideró la
coadyuvancia de la demanda que busca regular las altas tarifas de
energía eléctrica que se vienen cobrando a los usuarios de la costa
caribe colombiana, junto a los Personeros de Santa Marta,
Riohacha y, además se convocó a la Federación Nacional de
Personerías, Fenalper, que agrupa a más de 1.100 Personeros de
todo el país, que en el mismo sentido han exaltado el rechazo a las
altas tarifas de energía.
Siendo las Personerías garantes en Derechos Humanos reiteramos
que la energía es un servicio público esencial no solo desde el
punto de vista legal, y constitucional sino también en materia de
derechos humanos.
A su turno, se puede decir que la Ley 142 de 1994 señaló en su
artículo 4 el propósito que cumple este “servicio público esencial”,
la cual define de la misma manera en Sentencia C- 565 de 2017 de
la Corte Constitucional la cual ha incorporado a su vez el concepto
de la “energía eléctrica como un bien público no transable”.
Para nadie es un secreto que nuestra región Caribe está pasando
por una crisis no solo económica sino social, en cuanto al tema
“energético”, debido a que se están pagando tarifas más altas que
en regiones como Bogotá y otros sectores de la región andina, y
esto va en contravía precisamente del “principio de progresividad y
de no regresividad” de los derechos humanos, terminó señalando
el Personero de Barranquilla.
Precisa que es uno de los argumentos de los personeros para
coadyuvar demanda sobre el contrato del esquema tarifario


