La iniciativa contempla la intervención del presidente para modificar o crear entidades con el fin de cumplir los objetivos del proyecto.
l Plan Nacional de Desarrollo, presentado por el gobierno, incluye entre sus artículos facultades extraordinarias para el presidente Gustavo Petro en varios frentes. La iniciativa propone que el mandatario pueda modificar programas como Familias y Jóvenes en Acción, e intervenir y crear entidades para la regulación de usos alternativos de la planta de coca, del cannabis con fines medicinales, entre otros aspectos.
Aunque estas facultades generan polémica porque de alguna manera alterar el orden democrático, lo cierto es que casi todos los presidentes han utilizado esta figura para llevar a cabo su plan de desarrollo, según las necesidades coyunturales del país y la política de cada Gobierno.
“Casi todos los presidentes han solicitado facultades extraordinarias, ya sea por pandemia, por el conflicto, por el acuerdo de paz o por razones distintas, para crear ministerios y entidades administrativas o para hacer cambios institucionales con el fin de poder cumplir con sus planes de desarrollo”, indicó Carlos Alberto Garzon, docente y secretario general de Human Development and Capability Association, en diálogo con Portafolio.
Según el experto “las facultades extraordinarias rompen un poco el ciclo de democrático tal y como la concebimos en Colombia, en donde todos los proyectos tienen que pasar por el Congreso y por un trámite que garantice precisamente la democracia”.
Sin embargo, agrega, que este instrumento no le entrega poderes absolutos, pues existen controles verificables y sancionables y que son bienvenidas si su propósito fundamental es cumplir con los objetivos del plan de desarrollo, tal y como lo han planteado otras administraciones.
De ser aprobadas las facultades descritas en el plan, el presidente Petro podría directamente crear, escindir, fusionar, suprimir, integrar o modificar la naturaleza jurídica de entidades de la Rama Ejecutiva; así como modificar sus objetivos, funciones, estructura orgánica y régimen jurídico.
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