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Exmagistrado del CNE opina que se pueden sancionar a los congresistas rebeldes de los partidos por la reforma a la salud

RedacciónPor: Redacción
28 abril, 2023
Exmagistrado del CNE opina que se pueden sancionar a los congresistas rebeldes de los partidos por la reforma a la salud

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¿Pueden sancionar a los congresistas rebeldes de los partidos Liberal, Conservador y de la U por no acatar directrices de sus presidentes sobre la reforma de la salud?

El exmagistrado del Consejo Nacional Electoral Renato Contreras piensa que sí, pero advierte que es un proceso largo.

“La Ley de Bancadas tiene un propósito y es disciplinar los miembros de las corporaciones públicas. Antes de las reformas de los años 2003 y 2009, el comportamiento de cada congresista era individual y por lo tanto votaban individualmente cada proyecto y eso dificultaba el accionar de los partidos y la gobernabilidad toda vez que el relacionamiento entre el ejecutivo y el legislativo no se daba a través de los partidos sino individualmente con los congresistas”, señaló el exmagistado.

Explicó que a raíz de esto se intentó disciplinar a los miembros de las bancadas, fortaleciendo el papel de los partidos que empezaron a tener un rol mucho más protagónico. “Es por ello que los partidos deben designar un vocero que es la persona que los va a representar antes las distintas comisiones de los cuerpos colegiados y deben reunirse y adoptar una decisión de bancada, es decir antes de llegar al Congreso, deben reunirse y democráticamente votar cuál es la posición y ese vocero es quien va a defender los puntos del partido”, indicó.

Agregó que: “A partir de esa decisión adoptada por la bancada, los congresistas van y votan, es decir no pueden apartarse de esa decisión salvo que ellos hayan expresado una objeción de conciencia”.

Indicó que “primero hay que definir el procedimiento mediante las cuales las bancadas adoptan sus decisiones y los estatutos del régimen disciplinario de cada partido debe establecer cuáles son las sanciones y el procedimiento a aplicar. En consecuencia, sí es posible que los partidos puedan adoptar decisiones de carácter disciplinario en contra de sus miembros que se hayan apartado de las decisiones democráticamente adoptada por la bancada”.

Resalto el exmagistrado que hay un elemento y es la objeción de conciencia. “Los congresistas pueden apelar a ella para expresar el motivo de su disidencia frente a la postura mayoritaria. Obviamente esto es un trámite que no es de plano porque tienen que agotar un debido proceso y luego sí imponer la sanción. La norma señala que la mencionada sanción debe ir hasta la expulsión del partido o la pérdida de voz y voto en la respectiva corporación. La Constitución no habla de la pérdida de la curul”, terminó explicando.

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