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Ordenan a la Creg revisar fórmula tarifaria y modificarla

RedacciónPor: Redacción
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Medidas cautelares en desarrollo de una acción popular presentada en contra del Gobierno nacional decretó el Tribunal Administrativo del Atlántico para lograr reducir las tarifas de energía eléctrica que se cobran en la Costa Caribe.

Los actores suplicaron como medida cautelar suspender los efectos jurídicos de las Resoluciones 010 del 30 de enero de 2020 y 078 del 24 de junio de 2021 y ordenar a la empresa Air-e que no suspenda a los usuarios el servicio de energía por falta de pago, hasta tanto se adopte la decisión definitiva.

En la medida cautelar, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo ordenó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) revisar el impacto económico en los usuarios y proceder a cambiarla en caso de encontrar que los costos de la prestación del servicio no son los adecuados.

El Ministerio de Minas y Energía y la CREG manifestaron, que a partir de la vigencia del Decreto 227 de 2023, hecho sobreviniente a la presentación de la demanda, y mientras mantenga su vigencia, no tienen competencia para ejercer la función general de modificar las reglas del régimen tarifario aplicable a los usuarios del servicio de energía eléctrica en la Costa Atlántica.

Con la medida cautelar se pretende la protección del supuesto derecho de los usuarios a que las tarifas del servicio de energía eléctrica no se incrementen por encima del IPC, que la ley no garantiza ni consagra como su derecho, la medida cautelar solicitada no tiene como fin que se haga cesar la amenaza o vulneración de un derecho colectivo, sino que la CREG analice y establezca si es necesario o no modificar el régimen tarifario temporal establecido por el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019 y regulado por las Resoluciones CREG 010 de 2020, 078 y 024 de 2021.

El Tribunal señala que los demandantes incumplieron la carga de aportar los elementos que permitan concluir mediante un juicio de ponderación de intereses, que resultaría más gravoso para el interés público negar la medida cautelar que concederla.

Dicho análisis se tendrá que hacer en desarrollo de una audiencia pública en Barranquilla, que deberá ser convocada en máximo 10 días por parte de la Comisión.

En el fallo el Tribunal señala el día treinta de agosto próximo a las nueve de la mañana, a efectos de llevar a cabo de manera virtual la audiencia especial de pacto de cumplimiento. Un día antes de la fecha señalada se les indicará la plataforma y el Link para ingresar a la diligencia.

Igualmente ordena revisar otros componentes tarifarios que afectan la tarifa de los usuarios en la Costa, tales como los de pérdidas y restricciones. También que se designe una comisión para calcular las tarifas del servicio eléctrico desligando el índice de precios a los productos (IPP) en cada uno de sus componentes regulados e indexar al índice de precios al consumidor (IPP).

En la misma decisión, se ordena a la Creg implementar medidas inmediatas de mediano y largo plazo tendientes a reducir las tarifas del servicio de energía eléctrica para la Costa.

Por último, la orden judicial establece que el Ministerio de Minas y Energía y la Creg tienen diez días adicionales para expedir un nuevo acto administrativo que modifique las resoluciones 010 de 2020 y 78 de 2021, buscando una reducción en las tarifas eléctricas en la región Caribe.

 

 

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