Por: Jorge Enrique H, especialista en propiedad horizontal.
La convivencia en los regímenes de propiedad horizontal exige ir más allá de la mera coexistencia bajo un mismo techo, requiriendo un compromiso ético y ciudadano basado en la ayuda mutua. En la legislación colombiana, la Ley 675 de 2001 establece de manera explícita que la solidaridad social es uno de los principios orientadores fundamentales de este sistema jurídico.
De acuerdo con esta normativa, los reglamentos de propiedad horizontal deben propender constantemente al establecimiento de relaciones pacíficas de cooperación y solidaridad entre todos los copropietarios y tenedores. Este principio no se limita a un enunciado abstracto, sino que busca inspirar cada actuación de los órganos de administración y de los habitantes, reconociendo que el respeto a la dignidad humana es el eje central para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones.
Desde la perspectiva legal y económica, la Ley 675 de 2001 consagra la solidaridad como una garantía de sostenibilidad y responsabilidad compartida mediante su artículo 29. En este marco, se establece la responsabilidad solidaria entre el propietario anterior y el nuevo adquirente de un bien privado respecto de las expensas comunes no pagadas al momento de la transferencia del dominio, protegiendo así la estabilidad financiera de la copropiedad.
Asimismo, existe solidaridad entre el propietario y el tenedor a cualquier título para el pago de las expensas comunes ordinarias, al igual que entre los copropietarios cuando una unidad privada pertenece en común y proindiviso a varias personas. Este esquema asegura que la comunidad en su conjunto cuente con los recursos necesarios para la conservación, seguridad y mantenimiento de los bienes comunes que pertenecen a todos en proindiviso.
Más allá de las obligaciones estrictamente pecuniarias, la solidaridad en la vida cotidiana de las copropiedades se manifiesta en el apoyo mutuo frente a situaciones imprevistas y emergencias. Los reglamentos y manuales de convivencia fundamentados en la ley destacan que los residentes deben ser solidarios entre sí ante accidentes, enfermedades o calamidades que requieran asistencia personal o la intervención de entidades de socorro.
Del mismo modo, la solidaridad se extiende a la responsabilidad compartida por los actos u omisiones de dependientes e invitados, garantizando que el tejido social se fortalezca a través del respeto, la prudencia y la protección del bienestar colectivo. Ante imprevistos graves o urgencias que comprometan la seguridad o salubridad de la edificación, la ley prevé herramientas como el fondo de imprevistos y las cuotas extraordinarias, las cuales requieren la colaboración unida de los copropietarios para superar los momentos críticos.
Esta estructura comunitaria que la Ley 675 de 2001 promueve a nivel particular es un reflejo a pequeña escala de lo que significa vivir en una sociedad interconectada. Así como un edificio depende de la solidez de sus cimientos y de la cooperación de sus habitantes para mantenerse en pie frente a las adversidades, un país entero necesita del civismo y la empatía de su gente para hacer frente a las crisis que superan las capacidades individuales. La solidaridad no puede quedarse confinada dentro de los muros de un conjunto residencial o restringirse únicamente a las fronteras de la propiedad privada.
Colombia atraviesa momentos difíciles debido a la presencia de desastres naturales que han afectado a miles de familias en diversas regiones del territorio nacional. Eventos de gran magnitud como el terremoto del pasado 10 de agosto, sumados a los continuos incendios forestales que han venido consumiendo valiosos ecosistemas y destruyendo el patrimonio de tantas comunidades, hacen un llamado urgente a la conciencia colectiva.
En estas circunstancias, el verdadero espíritu de solidaridad debe trascender la convivencia vecinal para convertirse en un movimiento nacional de apoyo, generosidad y ayuda humanitaria hacia las víctimas.
Asumir la solidaridad con los afectados por estas emergencias implica comprender que el bienestar del otro está profundamente ligado al bienestar propio.
La misma actitud de colaboración, auxilio y respaldo que se le exige a un habitante de propiedad horizontal frente a la dificultad de su vecino de conjunto es la que hoy se requiere de todos los colombianos hacia las comunidades que sufren los estragos del sismo y el fuego.
Al extender la mano a quienes han perdido sus viviendas, cultivos o enseres, la ciudadanía demuestra que la solidaridad no es solo una norma escrita en un estatuto, sino un valor vivo capaz de reconstruir vidas, restaurar la esperanza y fortalecer el tejido social de toda la nación.


